Carta de derechos y deberes del afiliado y el paciente
Esta carta te permitirá conocer tus derechos y deberes en el marco del Sistema General de Seguridad Social en salud que permite el Plan de beneficios determinado por el gobierno nacional y que Emssanar EPS S.A.S te suministrará a través de la red de IPS (Instituciones Prestadoras de Salud) que está a tu disposición.
Ten en cuenta que los contenidos de este documento están reglamentados por el Ministerio de Salud y Protección Social mediante la Resolución 2808 de 2022 y Resolución 299 de 2020, del Ministerio de Salud y Protección Social.
En Colombia, el derecho a una vida digna incluye también el derecho a una muerte digna. Esto significa que cada persona puede decidir cómo quiere ser cuidada en la etapa final de su vida, ya sea a través de cuidados paliativos, que buscan aliviar el dolor y mejorar la calidad de vida, o mediante otros procedimientos regulados por la ley, como la eutanasia. Estas decisiones son respetadas y acompañadas por los profesionales de la salud, siempre con base en la voluntad del paciente y el bienestar de su familia. Este derecho está respaldado por la Sentencia C-239 de 1997, la Sentencia T-970 de 2014, la Resolución 1216 de 2015 y la Resolución 825 de 2018, normas que garantizan que todo afiliado reciba un trato humano, digno y libre de sufrimiento al final de la vida.
Para más información consulte el capítulo 7 "Muerte Digna" de la Carta de Deberes y Derechos del afiliado y del Paciente.
Derechos y deberes como afiliado a salud
Bienvenidos a afiliados Emssanar EPS. El día de hoy exploraremos los aspectos clave que todo afiliado al régimen contributivo o subsidiado a salud debe conocer. Abordaremos los derechos que protegen a los pacientes y los deberes que tienen como usuarios del sistema de salud.
Derechos del afiliado
En este primer segmento nos enfocaremos en los derechos que tienen los afiliados a salud. Estos derechos son fundamentales para garantizar una atención médica adecuada y de calidad.
Estos son sus derechos
1. Acceder a los servicios sin que le impongan trámites administrativos adicionales a los de ley.
2. Que le autoricen y presten los servicios incluidos en el Plan de beneficios en salud de manera oportuna. Y si usted requiere con necesidad uno que no esté incluido, también lo puede recibir.
3. Recibir por escrito las razones por las que se niega el servicio de salud.
4. Que en caso de urgencia sea atendido de manera inmediata, sin que le exijan documentos o dinero.
5. Que atiendan con prioridad a los menores de 18 años.
6. Elegir libremente el asegurador, la IPS y el profesional de la salud que quiere que lo trate dentro de la red disponible.
7. Ser orientado respecto a la entidad que debe prestarle los servicios de salud requeridos.
8. Que como cotizante le paguen las licencias y las incapacidades médicas.
9. Tener protección especial cuando se padecen enfermedades catastróficas y de alto costo, sin el cobro de copagos
10. Que solamente le exijan su documento de identidad para acceder a los servicios de salud.
11. Que le informen dónde y cómo pueden presentar quejas o reclamos sobre la atención en salud prestada.
12. Recibir un trato digno sin discriminación alguna.
13. Recibir los servicios de salud en condiciones de higiene, seguridad y respeto a su intimidad.
14. Recibir durante todo el proceso de la enfermedad la mejor asistencia médica disponible.
15. Recibir servicios continuos sin interrupción y de manera integral.
16. Obtener información clara y oportuna de su estado de salud, de los servicios que vaya a recibir y de los riesgos del tratamiento.
17. Recibir una segunda opinión médica si lo desea, y que su asegurador valore el concepto emitido por un profesional de la salud externo.
18. Ser informado sobre los costos de su atención en salud.
19. Recibir o rechazar apoyo espiritual o moral.
20. Que se mantenga estricta confidencialidad sobre su información clínica.
21. Que usted o la persona que lo represente, acepte o rechace cualquier tratamiento y que su opinión sea tenida en cuenta y respetada.
22. Ser incluido en estudios de investigación científica sólo si lo autoriza.
23. Que se respete su voluntad de donar o no sus órganos.
Deberes del afiliado
Además de los derechos, los afiliados a salud también tienen deberes que deben cumplir para mantener un sistema de salud efectivo y equitativo. Estos son sus deberes.
1. Cuidar su salud, la de su familia y su comunidad.
2. Cumplir de manera responsable con las recomendaciones de los profesionales de salud que lo atiendan.
3. Actuar de manera solidaria ante las situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas.
4. Respetar al personal de salud y cuidar las instalaciones donde le presten dichos servicios.
5. Cumplir las normas y actuar de buena fe frente al sistema de salud.
6. Brindar la información requerida para la atención médica y contribuir con los gastos de acuerdo con su capacidad económica.
Y eso concluye esta información sobre los derechos y deberes del afiliado. Esperamos que hayas encontrado esta información útil y que te sientas más empoderado para participar en tu propia atención médica.
En Emssanar EPS, seguiremos contigo.